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Fiscalía pide rechazar demanda de restitución internacional presentada por Ana Gaivao (titular)

Publicado: Setiembre 11, 2025

El Ministerio Público concluyó que los menores tienen como residencia habitual el Perú, por lo que su retorno desde España no constituye un traslado ilícito en el marco de la Convención de La Haya.

La Fiscalía Provincial de Familia de Lima solicitó que se declare infundada la demanda interpuesta por la ciudadana portuguesa Ana Gaivao contra Fernando Menéndez Zeppilli, a quien acusó de sustraer ilegalmente a sus dos hijos menores.

De acuerdo con el dictamen fiscal, los niños de 3 y 5 años mantienen su residencia habitual en el Perú, por lo que el retorno realizado por el padre desde España no configura un acto ilícito de traslado o retención internacional.

El Ministerio Público valoró documentos que acreditan el arraigo de los menores en el país, como la residencia familiar en Lima, educación y matrícula escolar, atención médica y pediátrica, actividades sociales y familiares, movimiento migratorio, así como el acta notarial firmada por la madre en la que se autorizaba un viaje temporal a España con fecha de retorno al Perú. También se presentó la compra de pasajes de regreso para toda la familia y otros elementos que confirmaron el carácter vacacional de la estadía en Europa.

En contraste, Gaivao sostuvo que su residencia y la de los niños estaba en España, aportando un contrato de arrendamiento temporal y constancias de actividades realizadas durante su permanencia. Sin embargo, la Fiscalía consideró que estas pruebas no desvirtuaban el arraigo de los menores en territorio peruano y lo pactado en la autorización notarial de viaje.

“Este despacho fiscal considera que en el presente caso los menores no se encuentran incursos en un traslado o retención ilícita que dé lugar a la restitución internacional, y que su residencia habitual es el Perú”, señala el dictamen.

El documento también recoge los resultados de evaluaciones psicológicas y psiquiátricas a ambos padres, destacando la existencia de rasgos de inestabilidad emocional en la madre.

Por su parte, la jueza Nancy Coronel, de la 1° Sala de Familia de la Corte Superior de Lima, resolvió otorgar la tenencia temporal de los menores a la madre. Esta decisión contrasta con el dictamen fiscal y se encuentra actualmente bajo revisión. Cabe señalar que la magistrada es investigada por la Autoridad Nacional de Control y el Poder Judicial.

El padre de familia, Fernando Menéndez, hizo un llamado a las autoridades a priorizar el bienestar de los menores: “Pido que no se dejen llevar por campañas mediáticas que buscan manipular a la opinión pública. Esta resolución fiscal confirma que siempre hemos actuado conforme a ley y que el hogar de mis hijos está en el Perú”.

Actualmente, el caso sigue en evaluación en el Poder Judicial de Lima, instancia que deberá resolver la situación legal y de custodia de los menores.




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